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Mediación de Sucesiones y Fideicomisos | Certificado por la Corte Suprema de la Florida

Certificado por la Corte Suprema de la Florida · Tribunal de Circuito

Ambos socios — David A. Yergey, Jr. y David A. Yergey III — son Mediadores Certificados del Tribunal de Circuito por la Corte Suprema de la Florida. Ofrecemos la mediación como camino preferido para resolver disputas sucesorias, de fideicomisos y de tutela sin litigio prolongado. Otros abogados pueden contactarnos para servir como mediador neutral en disputas patrimoniales y de fideicomisos.

Por Qué Yergey & Yergey

Por Qué Abogados y Clientes Eligen Nuestro Bufete para Mediación

La mediación suele ser más rápida, menos costosa y más privada que el litigio sucesorio. Ambos socios son Mediadores Certificados del Tribunal de Circuito por la Corte Suprema de la Florida — disponibles como mediador neutral por referencia de otros abogados, o como abogado de defensa para una parte en mediación.

  • Ambos socios — Mediadores Certificados del Tribunal de Circuito por la Corte Suprema de la Florida

    David A. Yergey, Jr. y David A. Yergey III tienen cada uno la certificación de la Corte Suprema de la Florida para mediación civil de circuito.

  • Super Lawyers Rising Stars 2022, 2023, 2024

    Reconocimiento de Thomson Reuters para David A. Yergey III.

  • Premio John R. Hamilton de Excelencia para Bufetes 2021

    Legal Aid Society del Colegio de Abogados del Condado de Orange.

  • En práctica continua en el Condado de Orange desde 1928

    Bufete familiar de cuarta generación con profunda familiaridad en la División de Sucesiones del Condado de Orange.

  • Disponible como mediador neutral por referencia

    O como abogado defensor para una parte en mediación — el bufete puede servir en cualquier rol dependiendo de lo que requiera una disputa en particular.

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Preguntas Frecuentes

Preguntas Comunes sobre Mediación de Sucesiones y Fideicomisos en la Florida

¿Qué tipos de disputas se pueden resolver mediante mediación de sucesiones o fideicomisos en la Florida?
La mediación puede resolver una amplia gama de disputas patrimoniales y de fideicomisos, incluidas impugnaciones de testamento, cuestionamientos a la conducta o los honorarios de un representante personal, objeciones a la rendición de cuentas de beneficiarios, desacuerdos sobre la distribución o venta de bienes, disputas de modificación o terminación de fideicomisos bajo Fla. Stat. §§ 736.04113–736.04115, y conflictos entre co-beneficiarios.
¿Es necesaria la mediación antes de una audiencia sucesoria disputada en el Condado de Orange?
La Regla de Procedimiento Civil de la Florida 1.700 autoriza a los tribunales de sucesiones a ordenar mediación en cualquier asunto disputado, y los jueces de la División de Sucesiones del Condado de Orange rutinariamente refieren las disputas a mediación antes de programar una audiencia probatoria. Las partes también pueden elegir la mediación voluntariamente en cualquier etapa del proceso.
¿Es confidencial lo que se discute en la mediación?
Sí. Bajo § 44.405, Fla. Stat., todas las comunicaciones de mediación son confidenciales y generalmente son inadmisibles en cualquier proceso judicial o arbitral posterior. Esta protección fomenta una discusión franca y permite que las partes exploren términos creativos de acuerdo sin la preocupación de que sus declaraciones sean usadas en su contra si la mediación no resulta en un acuerdo.
¿Cuál es el rol del mediador en una mediación sucesoria de la Florida?
Un mediador es un tercero neutral que facilita la comunicación entre las partes pero no decide el resultado. Los mediadores de nuestro bufete tienen certificación de la Corte Suprema de la Florida en mediación civil de circuito y aportan décadas de experiencia con las dimensiones procesales y emocionales únicas de las disputas patrimoniales y de fideicomisos.